AUTORIZACIÓN DE PERMISOS / PROGRAMAS DE VUELOS NO REGULARES O VUELOS CHÁRTER

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Descripción del servicio

Cualquier Operador Aéreo que no esté amparado en un Permiso de Operación expedido por la Junta de Aviación Civil, a cambio de permiso para la realización de vuelos no regulares o chárter, a través de un Consignatario de Aeronaves de Operadores Aéreo.

 

A quién va dirigido

Operadores Aéreos y Consignatarios

Departamento que lo ofrece

División de Operaciones de Transporte Aéreo

Información de contacto

Tel.: 809) 689 - 4167 ext. 247
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Ave. 27 de Febrero #492, Renacimiento Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

  1. Formulario de solicitud, F-SOA-02 con los detalles de la operación o las operaciones aéreas. 
  2. Copia del Certificado de Transporte Aéreo o Certificado de Operador Aéreo vigente, ambos o sus equivalentes según legislación aplicable; con sus correspondientes especificaciones de operaciones, y que incluya una relación de las aeronaves que está autorizada a operar la empresa. 
  3. Certificados de Matrícula y de Aeronavegabilidad de la (s) aeronave (s) de que se trate. 
  4. Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, del operador aéreo que efectuará el vuelo, la cual deberá contener las fechas de expedición y expiración, así como un listado de las aeronaves aseguradas. 
  5. Una comunicación en hoja timbrada de la línea aérea extranjera, debidamente firmada y sellada por un representante, donde se acredite la calidad de la empresa Consignataria, para solicitar en nombre y representación de la aerolínea u operador aéreo, permiso para la realización de operaciones no regulares o Chárters. Dicha comunicación deberá consignar además, vigencia y alcance del poder o mandato otorgado. 
  6. En caso de aeronaves explotadas mediante acuerdos comerciales u operativos, códigos compartidos, fletamentos, arrendamientos e intercambio de aeronaves; copia del documento del Estado del operador aéreo que autoriza dicho acuerdo, e incluso, copia de las Especificaciones de Operaciones de dicho operador donde se registra el mismo.

 

Requerimientos completos: Ir a la sección de  Servicios - Manual de Requisitos

 

Procedimientos a seguir

  1. El consignatario remite mediante correo electrónico el Formulario F-SOA-02 acompañado de los requisitos para la aprobación de los vuelos No Regulares o Chárters a la Sección de Operaciones Aéreas.
  2. El personal de Operaciones al recibir la solicitud analiza los documentos conforme el Decreto 232-14.
  3. Si la referida solicitud esta completa y conforme los requerimientos, el personal de Operaciones procede a firmar y sellar la solicitud, Sin Objeción y tramitarla a la Secretaría de la JAC.
  4. Si la solicitud es aprobada, la Secretaria de la JAC procede a elaborar carta de autorización a la firma del Presidente de la JAC.

Nota: Cuando la solicitud no cumple o tiene observaciones respecto los requisitos, se  comunica al consignatario vía correo electrónico dichas observaciones.

 

Horario de prestación

De lunes a viernes, de 8:00 a.m. hasta 3:00 p.m.

Costo

Gratuito

Tiempo de realización

2 días Laborables.

Canal de Prestación

Presencial

Información adicional

Formulario de solicitud: Ir a la Sección de Servicios - Formularios

 

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