Descripción del servicio
Cualquier Operador Aéreo que no esté amparado en un Permiso de Operación expedido por la Junta de Aviación Civil, a cambio de permiso para la realización de vuelos no regulares o chárter, a través de un Consignatario de Aeronaves de Operadores Aéreo.
A quién va dirigido
Operadores Aéreos y Consignatarios
Departamento que lo ofrece
División de Operaciones de Transporte Aéreo
Información de contacto
Tel.: 809) 689 - 4167 ext. 247
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Ave. 27 de Febrero #492, Renacimiento Santo Domingo, R.D.
Requerimientos o requisitos
- Formulario de solicitud, F-SOA-02 con los detalles de la operación o las operaciones aéreas.
- Copia del Certificado de Transporte Aéreo o Certificado de Operador Aéreo vigente, ambos o sus equivalentes según legislación aplicable; con sus correspondientes especificaciones de operaciones, y que incluya una relación de las aeronaves que está autorizada a operar la empresa.
- Certificados de Matrícula y de Aeronavegabilidad de la (s) aeronave (s) de que se trate.
- Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, del operador aéreo que efectuará el vuelo, la cual deberá contener las fechas de expedición y expiración, así como un listado de las aeronaves aseguradas.
- Una comunicación en hoja timbrada de la línea aérea extranjera, debidamente firmada y sellada por un representante, donde se acredite la calidad de la empresa Consignataria, para solicitar en nombre y representación de la aerolínea u operador aéreo, permiso para la realización de operaciones no regulares o Chárters. Dicha comunicación deberá consignar además, vigencia y alcance del poder o mandato otorgado.
- En caso de aeronaves explotadas mediante acuerdos comerciales u operativos, códigos compartidos, fletamentos, arrendamientos e intercambio de aeronaves; copia del documento del Estado del operador aéreo que autoriza dicho acuerdo, e incluso, copia de las Especificaciones de Operaciones de dicho operador donde se registra el mismo.
Requerimientos completos: Ir a la sección de Servicios - Manual de Requisitos
Procedimientos a seguir
- El consignatario remite mediante correo electrónico el Formulario F-SOA-02 acompañado de los requisitos para la aprobación de los vuelos No Regulares o Chárters a la Sección de Operaciones Aéreas.
- El personal de Operaciones al recibir la solicitud analiza los documentos conforme el Decreto 232-14.
- Si la referida solicitud esta completa y conforme los requerimientos, el personal de Operaciones procede a firmar y sellar la solicitud, Sin Objeción y tramitarla a la Secretaría de la JAC.
- Si la solicitud es aprobada, la Secretaria de la JAC procede a elaborar carta de autorización a la firma del Presidente de la JAC.
Nota: Cuando la solicitud no cumple o tiene observaciones respecto los requisitos, se comunica al consignatario vía correo electrónico dichas observaciones.
Horario de prestación
De lunes a viernes, de 8:00 a.m. hasta 3:00 p.m.Costo
GratuitoTiempo de realización
2 días Laborables.Canal de Prestación
PresencialInformación adicional
Formulario de solicitud: Ir a la Sección de Servicios - Formularios