ENMIENDA DEL PERMISO DE OPERACIÓN PARA OPERADORES AÉREOS EXTRANJEROS (P.O.)

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Descripción del servicio

Es el cambio al Permiso de Operación solicitado por el operador aéreo extranjero para poder Operar nuevas rutas.

 

A quién va dirigido

Operadores Aéreos

Departamento que lo ofrece

Junta de Aviación Civil

Información de contacto

Tel.: (809) 689 - 4167
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Ave. 27 de Febrero #492, Renacimiento Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

REQUISITOS LEGALES (EN CASO DE QUE APLIQUE):

  1. Contar con la designación o autorización de su Estado o País, para la explotación de la o las rutas solicitadas, según lo establecido en el literal b) del Artículo 240 de la Ley Núm.491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana,
  2. Certificación vigente del Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), donde se indique que han aprobado el Programa de Seguridad del Explotador de Aeronaves (PSEA).

 

REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS: 

1. Presentación de un Estudio de Mercado el cual contenga sin carácter limitativo los siguientes puntos:

  1. Breve descripción de la empresa.
  2. Análisis de la demanda y oferta histórica en el mercado o rutas solicitadas, análisis del mercado potencial y competencia, mercado a servir, proyecciones de pasajeros/ carga estimada a un año por ruta, frecuencias, medios de comercialización, tarifas,
  3. Recursos Operativos: aeronaves, tipos de aeronaves, asientos disponibles y capacidad de

2. Certificación expedida por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), en la cual se haga constar que está al día en el pago de las tasas aeronáuticas.

Notas a los requisitos económicos-financieros:

  1. Se podrá eximir de la presentación del Estudio de Mercado, para aquellas rutas que previamente por un período continuo de dos o más meses en los dos (2) últimos años, previo a su solicitud hayan sido explotadas de manera satisfactoria bajo la modalidad chárter o mediante permisos especiales.
  2. Se le requerirá a los operadores aéreos las documentaciones que no se encuentren actualizadas, en el momento de la enmienda.
  3. Se verificará que los derechos de tráfico que le han sido concedidos anteriormente son explotados en la forma en que fueron autorizados.
  4. Los documentos oficiales sometidos que se encuentren en idioma extranjero, deberán ser traducidos al idioma español por un intérprete judicial.
  5. El Estudio de Mercado podrá ser recibido en formato físico o digital y en idioma español.
  6. Antes de la entrega del Permiso de Operación (PO) enmendado, se comprobará que fue efectuado el pago del derecho correspondiente ante el Instituto Dominicano de Aviación Civil, (IDAC).
  7. En los casos de exclusión de rutas, solo bastaría con informarlo a la Junta de Aviación Civil, mediante comunicación firmada por su representante legal, indicando la fecha en que dejará (n) de operar esa (s) ruta (s).

 

El Departamento de Transporte Aéreo en conjunto con la División de Economía del Transporte Aéreo, verifica que los requisitos para este servicio estén completos y procede a emitir su opinión al Pleno de la Junta de Aviación Civil.

 

Requerimientos completos: Ir a la sección de  Servicios - Manual de Requisitos

 

Procedimientos a seguir

  1. Dirigir comunicación al Presidente de la Junta de Aviación Civil, solicitando la enmienda donde se indique las rutas o explotación de servicios a incluir en el Permiso de Operación (PO).
  2. Completar debidamente el Formulario de Solicitud F-PSS-01, acompañado de los requisitos establecidos en el Manual de Requisitos JAC-001, versión 7.0.

 

Horario de prestación

De lunes a viernes , de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m

Costo

US 5,000

Tiempo de realización

40 días laborables.

Canal de Prestación

Presencial

Información adicional

Formulario de solicitud: Ir a la Sección de Servicios - Formularios