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COMISIÓN DE ÉTICA

 

¿Qué son las Comisiones de Ética Pública (CEP)?

Son organismos de carácter cívico, integrados por servidores públicos comprometidos con la actuación y promoción de valores, principios y normas de conducta a lo interno de las Instituciones donde operan. En tal sentido, se constituyen en espacios de naturaleza consultiva, educativa, de investigación, análisis e intervención; y, como tal, buscan  fomentar el correcto proceder de los servidores públicos de la institución, promover su apego a la ética, normas de integridad, procedimientos y normativas vigentes. En consonancia con este solemne propósito, se constituyen en espacios de veeduría sobre el accionar de los actores de la administración pública, con el interés ferviente de fomentar la transparencia y por ende el bien hacer. De ahí su decisivo aporte al desarrollo institucional.

Fundamento Legal:

Las CEP se amparan en los siguientes instrumentos legales:

  • Ley 41-08 del 16 de Enero del 2008: Ley de Función Pública.
  • Decreto 149-98 del 29 de abril de 1998: Crea las Comisiones de Ética Pública.
  •  Resolución No. RE-003/2014, de la DIGEIG: Reglamento Operativo para las CEP.

Funciones de las CEP:

  • Diseñar e implementar programas de sensibilización y/o difusión de ética, dirigidos a sus miembros y a la comunidad laboral (función educativa). 
  • Fomentar en su institución los buenos modos de hacer (buenas prácticas). 
  • Promocionar la ética mediante periódicos, boletines, murales, noticias, actividades, charlas para los servidores públicos.
  • Seguimiento para la suscripción y remisión a la DIGEIG del Código de Pautas Éticas que corresponde firmar a los funcionarios designados por decreto. 
  • Realizar monitoreo y seguimiento a los Códigos de Pautas Éticas y Códigos de Ética Institucional, y remitir oportunamente a la DIGEIG los informes correspondientes. 
  • Fomentar la humanización del trabajo, diseñando acciones que desarrollen los potenciales creativos de los individuos, mejorando al mismo tiempo la gestión institucional y el desempeño laboral. 
  • Mantener actualizada la CEP institucional, notificando a la DIGEIG sobre cambios realizados en la misma, y gestionar con la Alta Dirección las adecuaciones que pudieran ser requeridas. 
  • Gestionar el acompañamiento de la DIGEIG, en reuniones en donde la CEP lo considere pertinente. 
  • Canalizar a las instancias correspondientes, aquellas denuncias de actos de corrupción pública que por intermedio de las CEP, formulen personas o instituciones sobre actuaciones dolosas de funcionarios e empleados públicos.

La CEP de la Junta de Aviación Civil ha hecho un solemne compromiso con Dios, la Conciencia misma de sus miembros y la Ciudadanía en general, para la procura de los valores de honestidad, integridad y compromiso en la actuación de la Visión, Misión y Filosofía de esta Institución, aportando a la consecución de una cultura del accionar público basada en principios, valores y conducta, que garanticen la probidad y la transparencia en los actos y acciones de su personal.