Todo operador, nacional o extranjero, que cuente con un certificado de autorización económica o permiso de operación para servicios aéreos regulares, podrá realizar vuelos especiales entre puntos situados dentro de sus propias rutas o fuera de ellas, previo permiso escrito que en cada caso deberá obtener de la JAC.
Dirección: Av. 27 de Febrero #492, Renacimiento, Santo Domingo, República Dominicana.
Teléfono: (809) 689-4167
Email: atencionalcliente@jac.gob.do
Descargar información de contacto.
Luego de recibida la comunicación de solicitud de un Permiso Especial, la Junta de Aviación Civil procederá a analizar la misma, conforme a lo establecido en los Artículos 233, 234 y 235 de la Ley No.491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana, modificada por la Ley No.67-13.
Como parte del análisis de la solicitud, se verificará que los derechos de tráfico que le han sido concedidos anteriormente son explotados en la forma en que fueron autorizados y de igual modo, se verificará que el expediente corporativo del solicitante esté actualizado.
Requerimientos completos: Ir a la sección de Servicios – Manual de Requisitos.
De lunes a viernes , de 8:00 a.m. hasta 4:00 p.m.
Presencial
20 días Laborables.
20 días Laborables.
Gratuito
Junta de Aviación Civil
(809)-689-4167
atencionalcliente@jac.gob.do
Ave. 27 de Febrero #492, Renacimiento, Santo Domingo, R.D.
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