¿Qué es la Junta de Aviación Civil?
La Junta de Aviación Civil de la República Dominicana (JAC), es el órgano del Estado dominicano, dependiente del Poder Ejecutivo, creado mediante la Ley No. 491-06, de Aviación Civil de la República Dominicana, y sus modificaciones, con la responsabilidad de establecer la política superior de la aviación civil y regular los aspectos económicos, aplicando las normas y reglamentos en las áreas de su competencia.
¿Cuál es la función de la Junta de Aviación Civil?
Las funciones principales que desempeñan la Junta de Aviación Civil (JAC) son:
- Proponer al Poder Ejecutivo la adopción de los reglamentos relacionados con los aspectos económicos del transporte aéreo. Dictar y modificar las resoluciones sobre asuntos de su competencia. Recomendar al Poder Ejecutivo la fijación de Tasas y Derechos.
- Dictar y modificar los reglamentos de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA).
- Someter a la aprobación final del Poder Ejecutivo, el otorgamiento de los Certificados de Autorización Económica para las empresas nacionales y de los Permisos de Operación para los transportistas.
- Establecer los riesgos y los montos mínimos que deben estar asegurados en forma obligatoria por los operadores de aeronaves.
- Conceder permisos especiales a favor de los operadores aéreos extranjeros que realicen operaciones comerciales internacionales no regulares o Chártes.
- Aprobar o no, las tarifas de transporte aerocomercial, de conformidad con lo estipulado en los acuerdos de transporte aéreo.
- Autorizar y regular la capacidad de tráfico y las frecuencias asignadas al operador aéreo, conforme a los acuerdos del transporte aéreo internacional y velar por el cumplimiento de los estados del Estado Dominicano.
- Participar en representación del Estado en conferencias nacionales e internacionales en que se traten aspectos sobre políticas de transporte aéreo.
- Proponer al Poder Ejecutivo la integración o modificación del Comité Nacional de Facilitación (CNF).
- Conocer los recursos jerárquicos contra las decisiones del IDAC, interpuestos por ante organismo de conformidad con el artículo 150 de Ley Núm.491-06 de Aviación Civil y a la Ley Núm.67-13.
¿Cuál es la diferencia entre la Junta de Aviación Civil y el Instituto Dominicano de Aviación Civil?
La Junta de Aviación Civil (JAC) y el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) son dos instituciones con roles distintos en la aviación civil de la República Dominicana. La JAC establece la política superior y regula los aspectos económicos y jurídicos del transporte aéreo, mientras que el IDAC se enfoca en asegurar el desarrollo seguro y responsable de la aviación mediante la regulación, certificación y provisión de servicios de navegación aérea.
¿Cuántas Resoluciones a emitido la Junta de Aviación Civil a la fecha?
- Visitar la sección de "Resoluciones" en el sitio web de la JAC.
- Revisar las publicaciones correspondientes al año actual y a años anteriores.
¿Cómo puedo adquirir una Resolución de la Junta de Aviación Civil?
Para adquirir una Resolución de la Junta de Aviación Civil (JAC) en la República Dominicana, es necesario seguir los procedimientos establecidos por la JAC. (Manual de Requisitos)
¿Cuáles servicios ofrece la Junta de Aviación Civil?
La Junta de Aviación Civil (JAC) de la República Dominicana ofrece diversos servicios relacionados con la regulación y promoción del transporte aéreo. Estos servicios incluyen la autorización de permisos para vuelos regulares y no regulares, la aprobación de acuerdos de cooperación comercial (código compartido), y la expedición y renovación de licencias para operadores aéreos y agentes consignatarios. (Servicios)
¿Qué es un Certificado de Autorización Económica?
El Certificado de Autorización Económica, es el certificado emitido por la Junta de Aviación Civil, previa autorización del Poder Ejecutivo, al comprobar que el interesado posee capacidad económica y financiera para realizar servicios de transporte aéreo, de conformidad con los requisitos establecidos en la Ley Núm.491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana, modificado. (CAE)
¿Qué es un Permiso de Operación?
Es el permiso expedido por la Junta de Aviación Civil a operadores aéreos extranjeros. (PO)
¿Qué es una Licencia De Consignatario De Aeronaves De Operadores Aéreos Extranjeros En Vuelos No Regulares (Chárter)?
El Consignatario de Aeronaves de Operadores Aéreos Extranjeros en Vuelos no Regulares o Chárters es toda persona jurídica debidamente autorizada por la Junta de Aviación Civil, para brindar los servicios descritos en el Artículo 5, del Decreto 232-14. (LC)
¿Cómo puedo acceder al formulario F-PSS-01?
Para acceder al formulario F-PSS-01, debes dirigirte a la sección de "Publicaciones" de la Junta de Aviación Civil (JAC) y buscar la opción de "Formularios". El formulario F-PSS-01 se utiliza para solicitar la expedición o renovación de la licencia de agente consignatario de aeronaves.
¿Qué es un Permiso Especial?
Todo operador, nacional o extranjero, que cuente con un certificado de autorización económica o permiso de operación para servicios aéreos regulares, podrá realizar vuelos especiales entre puntos situados dentro de sus propias rutas o fuera de ellas, previo permiso escrito que en cada caso deberá obtener de la JAC, dicho permiso es el Permiso Especial. (PE)
¿Cómo puedo solicitar un vuelo Chárter?
Procedimientos a seguir
- El consignatario remite mediante correo electrónico el Formulario F-SOA-02 acompañado de los requisitos para la aprobación de los vuelos No Regulares o Chárters a la Sección de Operaciones Aéreas.
- El personal de Operaciones al recibir la solicitud analiza los documentos conforme el Decreto 232-14.
- Si la referida solicitud esta completa y conforme los requerimientos, el personal de Operaciones procede a firmar y sellar la solicitud, Sin Objeción y tramitarla a la Secretaría de la JAC.
- Si la solicitud es aprobada, la Secretaria de la JAC procede a elaborar carta de autorización a la firma del Presidente de la JAC.